09/12/2021
Santiago, 7 de diciembre de 2021. La ministra de Desarrollo Social y Familia, Karla Rubilar, junto al director nacional del Servicio Nacional de la Discapacidad, SENADIS, Francisco Subercaseaux, valoraron la aprobación, en tercer trámite constitucional, por parte de la Cámara de Diputadas y Diputados del proyecto que reconoce la sordoceguera como una discapacidad única y promueve la plena inclusión social de las personas sordociegas en el país.
La iniciativa fue aprobada por 108 votos a favor, y pasará a ser promulgada por el Presidente de la República para su posterior publicación en el Diario Oficial.
La nueva normativa establece que la persona sordociega es aquella que, “debido a sus funcionalidades auditivas y visuales reducidas o inexistentes, simultáneamente presentes, constituye una discapacidad única, que, al interactuar con diversas barreras presentes en el entorno, ve impedida o restringida su comunicación, movilización, participación plena y efectiva en la sociedad, acceso a la información y al entorno en igualdad de condiciones con las demás”.
La ministra Karla Rubilar destacó que, “este es un avance importante en inclusión y en lo que nos hemos propuesto desde el Ministerio de Desarrollo Social y Familia: hacer visibles a los invisibles. Es, además una solicitud que por años nos han hecho las propias personas con discapacidad y sus organizaciones, por lo que agradecemos al Congreso avanzar en esta línea”.
El director de Senadis, Francisco Subercaseaux, valoró la importancia de la iniciativa, señalando que “esta discapacidad pone de relieve la necesidad y desafío que tenemos como sociedad, de eliminar las barreras de nuestro entorno, que impiden que las personas con discapacidad puedan tener una vida con plena igualdad de oportunidades y disfrute de sus derechos, ámbitos fundamentales en la inclusión social”.
La iniciativa reconoce la importancia de los guías e intérpretes para el desarrollo de la vida social de las personas con discapacidad, al establecer a todas las instituciones, sean públicas o privadas, el deber de establecer las condiciones para que éstas puedan acceder, concurrir y comparecer ante ellas con intérpretes de lengua de señas o guías intérpretes, según sea el caso y corresponda, previa acreditación de esta condición.
El texto establece, además, que el Estado reconoce como sistemas de comunicación oficial la dactilología, el sistema Braille, técnicas de orientación y movilidad, y otros sistemas de comunicación alternativos reconocidos, y que las personas sordociegas serán libres de elegir el o los sistemas que deseen utilizar para comunicarse en su vida cotidiana.
De acuerdo al Segundo Estudio Nacional de la Discapacidad (ENDISC 2015), en Chile existen 2,8 millones de personas con discapacidad. Si bien, a la fecha no existe una cifra sobre las personas sordociegas, a partir del estudio, es posible determinar una prevalencia identificando las personas que declaran tener, como condiciones de salud, ceguera y sordera a la vez. En este sentido, de acuerdo a los datos estimados, 7.696 personas con discapacidad declaran tener como condición de salud ceguera y sordera a la vez, lo que corresponde a un 0,3% de la población con discapacidad.
Con la nueva normativa, los nuevos estudios de población deberán considerar a las personas sordociegas, y a la sordoceguera como discapacidad única, de manera de obtener antecedentes suficientes que permitan el adecuado diseño, ejecución y evaluación de políticas, planes y programas del Estado.
El proyecto de ley fue presentado por los diputados Francisco Undurraga, Pepe Auth, Jaime Bellolio, Juan Antonio Coloma, Luciano Cruz-Coke, Maya Fernández, Iván Flores, Giorgio Jackson y Jorge Sabag.