Los Consejos de la Sociedad Civil son un mecanismo de participación ciudadana, cuyos integrantes representan a organizaciones de la sociedad civil relacionadas al quehacer del Servicio.
Son autónomos en sus decisiones y al Servicio le corresponde velar por la representatividad diversa y plural de las organizaciones e instituciones de la sociedad civil del sector demográfico, sin exclusiones arbitrarias, respetando la equidad de género y las diferentes corrientes de opinión que en ellos exista.
Dentro de sus objetivos primordiales está servir como instancia consultiva y de apoyo sobre la problemática y situación de las personas con discapacidad, especialmente de la región que corresponde, para el desarrollo de las funciones de SENADIS. “Los Consejos acompañan a la máxima autoridad de cada órgano de la administración, en los procesos de toma de decisiones sobre políticas públicas de los órganos del Estado”.
Además, recoger las opiniones de las organizaciones y personas con discapacidad de la región, relativas a las funciones de SENADIS, para ser puestas a disposición del Consejo Consultivo Nacional de la Discapacidad.
Los Consejos de la Sociedad Civil son de carácter consultivo (no vinculantes), autónomos y están conformados por miembros de la sociedad civil que tengan vinculación con los temas de competencia del órgano de la Administración Pública.
Los Consejos de la Sociedad Civil se encuentran regulados en la Resolución Exenta N°2.557, de 2019, del Servicio Nacional de la Discapacidad.
Cada Consejo de la Sociedad Civil estará compuesto por a lo menos tres y un máximo de seis representantes regionalesde entidades interesadas a participar, quienes desempeñarán sus funciones ad honorem.
Se podrá incluir a más instituciones interesadas, observando criterios de representatividad análogos a los establecidos para el Consejo Consultivo de la Discapacidad.
El Director Regional del SENADIS integrará el Consejo por derecho propio.
Cada Consejo de la Sociedad Civil constituido en una región, será independiente de los constituidos en otras regiones.
SENADIS, a través de sus Direcciones Regionales, invita a los representantes de organizaciones relacionadas con la discapacidad, en cada una de las regiones del país, a participar en los respectivos Consejos de la Sociedad Civil, los que tendrán un carácter consultivo sobre la situación y problemática de las personas con discapacidad, especialmente en la región que corresponda.
La convocatoria para integrar los respectivos Consejos de la Sociedad Civil en cada región, se realizará mediante avisos publicados en el sitio web de SENADIS, en condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidad visual y auditiva.
Además, la convocatoria deberá estar a disposición de la ciudadanía en las Oficinas de Informaciones. Reclamos y Sugerencias. OIRS, de cada Dirección Regional y en cada espacio de atención de público de SENADIS.
La designación de los consejeros será realizada por el Director Nacional de SENADIS entre los candidatos que presenten las organizaciones e instituciones que cumplan los requisitos correspondientes, considerando los criterios de diversidad, pluralidad y representatividad.
Los consejeros durarán tres años en el ejercicio de sus funciones y podrán ser nuevamente designados.
Canalizar las inquietudes relativas a la discapacidad, que detecte dentro de la región que corresponda.
Absolver las consultas, emitir su opinión, propuestas o recomendaciones, en las oportunidades que el Consejo Consultivo de la Discapacidad lo requiera, respecto de las materias en que se pida su parecer.
Servir como instancia de consulta y apoyo para el desarrollo de las funciones de SENADIS.
Informarse periódicamente de la marcha del Servicio y del cumplimiento de sus fines.
Tomar contacto con las instituciones que estime pertinente para ejercer fundadamente sus atribuciones.
Solicitar al Consejo Consultivo de la Discapacidad que incluya en su tabla de sesiones, las materias que juzgue oportuno.