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Ministro Jackson y Senadis promueven el respeto de los derechos de las personas usuarias de perros guía
Ministro Jackson y Senadis promueven el respeto de los derechos de las personas usuarias de perros guía

25/04/2023

Ministro Jackson y Senadis promueven el respeto de los derechos de las personas usuarias de perros guía

• La actividad se desarrolla en el marco del Día Internacional del Perro Guía, que se conmemora el último miércoles de abril, y que este año corresponde al miércoles 26 de abril.
• Nuestro país cuenta con la Ley N°20.025 que regula el uso de perros guía, de señal o de servicio.

Santiago, 25 de abril de 2023. Esta mañana el Ministro de Desarrollo Social y Familia, Giorgio Jackson, junto al Director Nacional de SENADIS, Daniel Concha, se reunieron en el Palacio de La Moneda con personas usuarias de perros guía y realizaron un llamado a respetar los derechos de este colectivo y la labor del perro guía, en su función de entregar orientación e independencia a las personas en su desplazamiento.

En la oportunidad, las autoridades se reunieron con Florencia Herrera, directora del Núcleo Milenio DISCA, y su perro guía, Otto; Gustavo Serrano, presidente de la Fundación Lucha contra la Retinitis Pigmentosa, FUNDALURP y su perro guía Lucky; y Soledad Toro, encargada de la Oficina de Discapacidad de la Municipalidad de Santiago, junto a perra guía Frida, quienes entregaron su testimonio respecto de las dificultades que enfrentan cuando se les impide el ingreso, junto a sus perros guía, a lugares de uso público, o han sido víctimas de discriminación en medios de transporte.

Así, el ministro de Desarrollo Social y Familia, Giorgio Jackson, señaló que “en este Día Internacional del Perro Guía nosotros hemos querido poder relevar que en el Palacio de la Moneda se les recibe y, por lo tanto, hacemos la invitación a que tanto, empresas como instituciones públicas o privadas, puedan dar cumplimiento a esta Ley de perros guías (Ley 20.025). Y por supuesto, en caso de que no se cumplan, las personas tienen todo el derecho a acudir a la justicia y pueden encontrar en el Servicio Nacional de Discapacidad (SENADIS), la asesoría jurídica para poder exigir un derecho que esperamos que todos cumplan de antemano”.

El Director Nacional de SENADIS, Daniel Concha, manifestó que “como servicio hacemos un llamado a reconocer los derechos de las personas ciegas junto a sus perros guías al acceso, circulación y permanencia a todos los lugares y medios de transporte, respetando su autonomía e independencia. Queremos promover un cambio de actitud de la ciudadanía al relacionarnos con usuarios y usuarias de perros guías y también con el perro guía”.

En tanto, Florencia Herrera, se refirió a que “la campaña que está desarrollando SENADIS sobre los perros guía es muy importante, es trascendental, para que entendamos que los perros guías son asistencias técnicas para las personas con discapacidad visual. Las personas usuarias de perros guía tenemos derecho de entrar a todas partes, a restaurantes hospitales, supermercados, aviones, todos los medios de transporte, etc., pero nos enfrentamos cotidianamente con barreras para desarrollar nuestra vida, no nos dejan a todos estos lugares. Es muy importante informar a la sociedad en general y a los servicios en particular que existen los perros guía, que realizan una labor de apoyo para las personas con discapacidad visual. Nos ayudan a ser autónomos, independiente y vivir vidas más completas y felices”.

La actividad se desarrolló en el marco del Día Internacional del Perro Guía que se conmemora el último miércoles de abril, y que este año es el miércoles 26 de abril.

Nuestro país cuenta con la Ley N°20.025 que regula el uso de perros guía, de señal o de servicio. Los perros de asistencia pueden tener las siguientes categorías:

  • Perro Guía, para asistir a las personas con discapacidad visual;
  • Perro de señal, para asistir a las personas con discapacidad auditiva;
  • Perro de servicio, para asistir a personas con discapacidad física; y
  • Perro de respuesta, adiestrado para detectar cambios bioquímicos de descompensación previa a manifestaciones neurológicas o convulsiones de una persona con discapacidad.

La ley establece que toda persona con discapacidad tendrá derecho a ser acompañada permanentemente por un perro de asistencia, a todo edificio, construcción, infraestructura o espacio de uso público, sea de propiedad privada o pública, destinado a un uso que implique la concurrencia de público.

Los perros de asistencia deben portar en todo momento un distintivo que lo acredite, consistente en una medalla que penda del collar o un parche adherido al peto o arnés, que lleve impresa la Cruz de Malta.

Recomendaciones: Respeta a las Personas Usuarias de Perros Guías
1. Los perros guías están entrenados para guiar a personas ciegas o con baja visión.
2. Los perros guías están entrenados para comportarse mientras trabajan. Nunca serán una molestia para otras personas.
3. Un perro guía no necesita bozal. ¡Jamás te atacará! Está entrenado para trabajar, no es agresivo.
4. Una persona ciega o con baja visión tiene derecho a entrar a todos los lugares con su perro guía: al supermercado, hospital, restorán y hotel, entre otros.
5. Una persona ciega o con baja visión tiene derecho a usar el transporte público y privado, micros, buses, taxis, avión. ¡Y sin ningún costo adicional!
6. El perro guía nunca debe ser separado de la persona ciega a la que guía.
7. Un perro guía, cuando está con su uniforme, nunca debe ser tocado, ni distraído. Necesita concentración para realizar un buen trabajo.
8. Si quieres ayudar a una persona ciega, pregúntale primero qué necesita. Nunca entregues una indicación o instrucción a su perro guía.
9. La movilidad, desplazamiento y vida de una persona, depende del buen trabajo de un perro guía.
10. Las personas con discapacidad, usuarias de perros guías, pueden denunciar ante el Juzgado de Policía Local en caso de que sus derechos sean vulnerados.
11. Quienes nieguen el ingreso de una persona junto a su perro guía, a cualquier edificio, construcción, infraestructura o espacio de uso público, sea de propiedad privada o pública o medio de transporte, arriesgan multas de hasta 120 UTM.