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Autoridades junto a las personas que asistieron a la actividad.
Autoridades junto a las personas que asistieron a la actividad.

13/02/2020

Aumentan las sanciones para quienes utilicen indebidamente estacionamientos para personas con discapacidad

La calificación de la multa subió de “menos grave” a “grave”, por lo que quienes incurran en esta falta deberán pagar entre 1 y 1,5 UTM. Marcelo Jélvez, Director Regional de Senadis, entregó los detalles de la nueva normativa.

Coyhaique, 13 de febrero de 2020. Con el fin de desincentivar el mal uso de los estacionamientos para personas con discapacidad y fomentar el respeto por estos espacios reservados entró en vigencia la modificación de la Ley de Tránsito, que eleva las multas para quienes utilizan indebidamente estos estacionamientos.

El detalle de la norma fue dado a conocer el director regional del Servicio Nacional de la Discapacidad, Marcelo Jélvez, como por la Seremi de Desarrollo Social y Familia Dominique Bräutigam, más el Subrogante de Transportes Carlos Pacheco.

La disposición legal eleva de “menos grave” a “grave” la sanción para quienes utilicen estacionamientos para personas con discapacidad sin acreditar que tienen algún problema de movilidad permanente.
Quienes incurran en esta falta arriesgan multas que van entre las 1 y 1,5 UTM ($ 49.723 a
$ 74.584), en comparación a las 0,5 y 1 UTM ($ 24.861 a $ 49.723) que regían anteriormente. En el caso de los reincidentes de infracciones graves, cometidas en los últimos dos años, se les impondrá el doble de la multa, la que se puede elevar hasta al triple en caso de incurrir nuevamente en dicha conducta. Ello, sin perjuicio de las suspensiones o cancelaciones de licencias de conductor.

Para el director de Senadis Marcelo Jélvez, “el aumento de las sanciones, para nosotros como servicio, es algo muy importante, porque muchos de nuestros usuarios han manifestado que sus derechos se vulneran en el momento en que les utilizan los estacionamientos dispuestos para ellos, los que en nuestra ciudad suman 22 puntos establecidos, los que muchas veces no son respetados”.

En tanto, la Secretaria Regional Ministerial de Desarrollo Social y Familia, Dominique Bräutigam, agregó que “hoy queremos hacer un llamado a la solidaridad para que como sociedad colaboremos en el uso correcto de estos espacios”.
Luis Muñoz, usuario de estos establecimientos, también pidió que se respeten estos lugares demarcados en la ciudad. “Muchas veces no tenemos donde estacionarnos y más allá de la multa deberíamos apelar a la conciencia de las personas que usan los espacios sin tener el derecho”, explicó.

El Mayor César Leiva de Carabineros de Chile, insistió que “nosotros (la institución) estamos haciendo una fiscalización permanente y tenemos una gran cantidad de llamados que alertan que hay personas que hacen uso de estos lugares sin tener los requisitos para hacerlo”.

Para el subrogante de Transportes, Carlos Pacheco, “estos estacionamientos son de uso exclusivo para personas con discapacidad, quienes tienen una credencial que debe estar visible al momento de utilizar el espacio”.
Por su parte, el director regional de Senadis hizo hincapié en que “para hacer uso de los estacionamientos, las personas con discapacidad deben ubicar en el costado inferior izquierdo del parabrisas delantero del vehículo su Credencial de Discapacidad. La Cruz de Malta ya no es un símbolo autorizado para ocupar estos espacios”.

A la actividad, que se realizó en el exterior del Hospital Regional de Coyhaique, asistieron representantes del establecimiento y miembros del Cosoc del Servicio Nacional de la Discapacidad.

Diseño y disponibilidad de estacionamientos

Las autoridades recordaron, además, que los estacionamientos de recintos privados también deben cumplir con un mínimo de espacios exclusivos para este fin. Por ejemplo, si el lugar tiene entre 1 y 20 estacionamientos, debe contar con al menos uno exclusivo para personas con discapacidad.

En el caso de los proyectos de nuevos espacios públicos o de los que se remodelen, también deben considerar a lo menos un 1% de estacionamientos de este tipo. Además, deben estar agrupados en una misma zona y dispuestos de tal manera que permitan acceder o salir del vehículo en forma libre y segura, especialmente a personas usuarias de silla de ruedas.
En los edificios habitacionales, se debe contemplar al menos un estacionamiento para personas con discapacidad en el espacio para visitas. Por su parte, en la vía pública, se deben establecer dos estacionamientos exclusivos cada tres cuadras y su ubicación debe ser priorizando los lugares donde se congrega la mayor cantidad de personas.

En cuanto al diseño, estos estacionamientos deben medir 5 metros de largo, 2,5 metros de ancho, más una franja de maniobra de ascenso y descenso del automóvil de 1,1 metros de ancho. A partir de esta franja, se deben comunicar los estacionamientos mediante una ruta accesible hasta la vereda o acceso a la edificación, la que debe ser sin desnivel y, si es que existe, se deben instalar rampas de pendiente.

Además, se debe considerar una correcta demarcación para el espacio del estacionamiento, que incluya el símbolo internacional de accesibilidad en el suelo y la señalización vertical con el mensaje “con Credencial Registro Nacional de Discapacidad”. También se puede destacar el espacio con color azul en el pavimento.

La fiscalización del cumplimiento de esta norma está a cargo de Carabineros e inspectores municipales. Además, los establecimientos comerciales deben velar por el correcto uso de dichos espacios, denunciando a los vehículos infractores que se detienen en estacionamientos exclusivos para personas con discapacidad. Los estacionamientos preferentes, en tanto, son para personas con movilidad reducida, pero que no necesariamente con discapacidad como es el caso de embarazadas, adultos mayores y otros que presenten movilidad reducida temporal.
Fuente: rln.cl