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Ministro Lavín, Director del Senadis recorren centro comercial junto a Patricia Azócar y su perro guía.
Ministro Lavín, Director del Senadis recorren centro comercial junto a Patricia Azócar y su perro guía.

08/10/2011

Ministro Lavín y Senadis llaman a respetar ley de perros de asistencia para personas con discapacidad

  • Se trata de la Ley N°20.422, que establece, entre otras cosas, el derecho de estas personas a transitar en todo momento y de forma libre con sus perros de asistencia.
  • Actualmente, más de 2 millones de chilenos viven con algún tipo de discapacidad en el país.

Sábado, 8 de octubre de 2011. El ministro de Planificación, Joaquín Lavín, y el Director Nacional (S) del Senadis, Oscar Mellado, llegaron junto a un grupo de personas con discapacidad hasta el Mall Plaza Vespucio para realizar un llamado a los dueños de recintos públicos y privados, así como a operadores de transporte, para que respeten el derecho de estas personas a circular en cualquier parte y en todo momento acompañados por sus perros de asistencia.

La Ley N°20.422 establece, entre otras cosas, que todas las personas con discapacidad pueden ingresar a espacios públicos y privados acompañados por este tipo de perros, derecho que en ocasiones ha sido vulnerado y que ha generado innumerables situaciones de discriminación.

\"En Chile falta cultura en esta materia. Esperamos que en el futuro hayan muchos más perros de asistencia para que más personas con discapacidad puedan acceder a estos animales de forma gratuita, mejorando así su calidad de vida\", dijo el Ministro Lavín.

Además, el secretario de Estado señaló que \"cuando el administrador o dueño de un local, tienda, restaurante o transporte público niegue arbitrariamente este derecho ciudadano, se arriesgará a multas que podrían sobrepasan los 400 mil pesos, cifra que podría duplicarse en caso de reincidencia\".

Las autoridades, junto a un grupo de personas con discapacidad y sus perros de asistencia realizaron un recorrido por el centro comercial y entregaron volantes informativos a los locatarios con la finalidad de sensibilizar a la población respecto de la importancia de estos animales en el desarrollo integral e inclusivo de estas personas.

Además, se realizó una demostración con ejercicios prácticos para conocer el trabajo que realizan estos animales para asistir a las personas con discapacidad.

Extracto del manual sobre los perros de asistencia

¿Cómo se define “perro de asistencia”?
Es aquél que fuere individualmente entrenado para realizar labores en beneficio de una persona con discapacidad.

¿Quiénes pueden usar un perro de asistencia?
Todas las personas con discapacidad tienen derecho a ser acompañadas permanentemente por un perro de asistencia.

¿Son violentos estos animales?
El perro de asistencia no ataca a extraños, no está adiestrado para atacar o defender a su dueño, por lo tanto, no representa un riesgo para terceros.

¿Cómo hablar con una persona con discapacidad visual que transita con perro guía?
Háblele directamente a la persona, mirándola a los ojos, nunca al perro.

¿A qué edificios pueden ingresar los perros de asistencia?
A todos los edificios o espacio público cuyo uso implique la concurrencia de público (por ejemplo, edificios fiscales, hospitales, establecimientos recreativos, centros comerciales, centros religiosos, etc). Además, cualquier medio de transporte público de pasajeros.

¿Alguien puede negar el ingreso de un perro de asistencia a su local, recinto o vehículo?
No se puede negar la entrada de un perro de asistencia. Quien incurra en ello se arriesga multa de 10 a 120 UTM, que se doblará en caso de reincidencia.

¿Cuáles son las funciones que cumplen los perros de asistencia?
 -Perro guía para personas con discapacidad visual.
 -Perro de servicio para personas con discapacidad física.
 -Perro de señal para personas con discapacidad auditiva.
 -Perro de respuesta para alertar sobre episodios de crisis sufridos por una persona con males crónicos.

Se adjunta volante para más información.