14/01/2013
Santiago, 14 de enero de 2013. La Contraloría General de la República determinó que las personas con discapacidad mental, menores de edad, pertenecientes al Sistema de Pensiones Solidarias puedan acceder a la atención de salud en la modalidad de libre elección, prevista en el decreto con fuerza de ley N°1, del ministerio de Salud.
Es importante agregar que quienes perciban este subsidio podrán solicitar, a contar de la fecha en que cumplan diecisiete años, la pensión básica solidaria de invalidez, la que se pagará desde que alcancen la edad de dieciocho años.
Sumado a lo anterior, es necesario mencionar que el cuerpo legal estable dos modalidades de atención dentro del sistema público a las cuales pueden optar los beneficiarios de ese régimen de prestaciones, la institucional y la de libre elección, la que permitirá a las personas gozar de la libertad para elegir al profesional, establecimiento o institución asistencial de salud que, bajo este sistema, otorgue la prestación requerida.