10/12/2009
Santiago, 10 de diciembre de 2009. A tres días de una nueva jornada electoral, esta mañana la ministra de Planificación, Paula Quintana, junto al Secretario Ejecutivo de Fonadis, Roberto Cerri, encabezaron un participativo simulacro de sufragio para promover la Ley de Voto Asistido, la cual permite que las personas con discapacidad puedan ser asistidas al momento de votar, legislación que por primera vez será aplicada en una elección presidencial.
La reforma a la Ley sobre Votaciones Populares y Escrutinios, Ley de Voto Asistido, elimina los obstáculos para que las personas con discapacidad puedan sufragar. Por ello a través de una exhibición práctica realizada en la Plaza de la Cultura, la secretaria de Estado difundió el espíritu de la normativa, la que promueve la integración y fomenta la participación política y social de personas con discapacidad.
Mediante el ejemplo del sufragio realizado junto a personas con discapacidades físicas, sensoriales (visuales y auditivas), e intelectuales, la ministra Quintana destacó que el voto asistido es un derecho que debe ser exigido en todos los locales de votación del país. “Esta ley va a permitir a las personas con discapacidad ser acompañadas a su lugar de votación, a su mesa, e incluso a la cámara si es necesario. Para ello, es importante que la ciudadanía se informe y se entreguen todas las facilidades para que las personas con discapacidad, que estén inscritas puedan ejercer su derecho a voto”, explicó.
La ley garantiza a las personas con discapacidad la posibilidad de ser asistidas durante todo el proceso –incluso en la marcación del voto- por un mayor de edad de su confianza, sin importar su sexo o si está inscrito en el registro electoral. El secretario de la mesa dejará constancia del hecho, así como la identidad del sufragante y su asistente.
Por su parte, el Secretario Ejecutivo de Fonadis, hizo un llamado a las personas con discapacidad para que concurran a votar este 13 de diciembre. “La discapacidad no es un impedimento para que las personas se integren a la actividad política y ejerzan sus derechos ciudadanos. Las personas con discapacidad deben dejar de ser espectadores y participar activamente del proceso democrático, manifestándose respecto del país que quieren y de la visión que más los interprete”, sentenció.
En el caso de que las personas con discapacidad no asistan con una compañía y si así lo requieren, el votante podrá solicitar en forma verbal, a través de lenguaje de señales o por escrito, la asistencia del presidente de la mesa, de lo cual también deberá quedar registro.
En cuanto a las personas ciegas contarán con una plantilla confeccionada en mica, que contiene las ranuras correspondientes a cada candidato, y además también podrán contar con la asistencia de una persona de su confianza.
En caso de dudas sobre la discapacidad del sufragante, el presidente de la mesa podrá consultar con los vocales antes de adoptar una decisión final.
Durante la actividad, la ministra Quintana sostuvo que "el Gobierno tiene como desafío seguir avanzando en acciones que permitan garantizar los derechos de todos los ciudadanos. Y esta ley es un paso más que garantiza que las personas con discapacidad puedan participar plenamente en los procesos democráticos, sin discriminación ni exclusión".
En tanto, Cerri, calificó la norma legal como una “medida revolucionaria”, pensando especialmente en las personas ciegas, que tenían problemas para votar, así como en las personas con discapacidad intelectual que no podían ser acompañadas por un asistente.
LEY DE VOTO ASISTIDO
Las personas con discapacidad tienen derecho a:
Ser acompañados hasta la mesa receptora de sufragio por otra persona. El acompañante debe ser mayor de edad, no importando el sexo.
Ser asistidos en el acto de votar. Deben comunicar verbalmente, en lengua de señas, o por escrito, al presidente de la mesa, que una persona de confianza ingresará a la cámara secreta para asistirlos. El secretario de la mesa debe dejar constancia en acta del hecho, de la identidad del sufragante y su asistente.
Emplear un tiempo razonable para sufragar. Pueden ocupar el tiempo que sea necesario.
Ser asistidos por el presidente de la mesa. El presidente de la mesa deberá, a requerimiento del elector, asistirlo fuera de la cámara para doblar y cerrar con el sello adhesivo el o los votos. En todo momento el presidente de la Mesa resguardará el secreto del voto de la persona a la que asiste.
Acceso expedito y adecuado al local de votación. La fuerza encargada del orden público velará porque tanto las personas con discapacidad, como quienes la acompañen para asistirlas en el voto, tengan acceso expedito y adecuado al respectivo local de votación.
Elegir libremente al asistente o acompañante para el acto electoral.
La libertad de Voto.
Créditos Fotográficos: MIDEPLAN / SILVANA GAJARDO V.