17/10/2016
1.- Debe dirigirse a la Junta Electoral que lo designó como vocal. Puede revisar la información de contacto de las Juntas Electorales en el enlace: Direcciones de Juntas Electorales, existente en el sitio web del Servel, http://oficial.servel.cl/juntas-electorales/ y exponga su situación a la Junta Electoral, informando la razón por la cual no puede cumplir su deber cívico.
2.- Por otra parte, puede concurrir al local de votación al que ha sido convocado por la Junta Electoral el 22 de octubre a las 15 horas y exponga su situación al delegado del local, informando la razón por la cual no puede cumplir su deber cívico.
En ambos casos se debe conservar la documentación, ya que de todas maneras podría ser citado por el juzgado de policía local, a pesar de lo evidente.