02/07/2010
Punta Arenas, 2 de julio de 2010. El Consejo Comunal de y para las personas con Discapacidad de Punta Arenas realizó una consulta ciudadana para dar a conocer los alcances de la Ley Nº 20.422 sobre la Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de personas con Discapacidad, promulgada en febrero pasado.
La jornada contó con la participación de la licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales, Andrea Álvarez Vera, quien analizó la nueva legislación en materia de discapacidad. También participaron como panelistas el director del Servicio de Salud Magallanes, Dr. Jorge Flies; la Coordinadora de la Dirección Regional del Servicio Nacional de la Discapacidad (Senadis) Magallanes, Soledad Cárdenas; el diputado Miodrag Marinovic y Patricia Jiménez, ex seremi de Vivienda y Urbanismo.
Principales beneficios de la nueva Ley
De acuerdo a estadísticas del Senadis, en Chile más de dos millones de personas presentan algún tipo de discapacidad, lo que representa el 12,9% de la población total. De ellas, cerca de un millón tiene graves dificultades para realizar actividades esenciales de la vida diaria, como vestirse, desplazarse y superar las barreras que plantea el entorno.
La nueva legislación obliga a los medios de comunicación a utilizar subtitulado oculto y lengua de señas en campañas de servicio público, propaganda electoral, debates presidenciales y cadenas nacionales. Por otra parte, los medicamentos, alimentos de uso médico y cosméticos deberán contar con rotulación en lenguaje Braille, que informe el nombre del producto, fecha de elaboración y vencimiento.
La totalidad de los medios de transporte público deberán realizar las modificaciones necesarias para asegurar el acceso de personas con discapacidad.
Asimismo, consagra el deber del Ministerio de Educación de considerar a los alumnos con necesidades especiales en las mediciones de calidad de la educación, como por ejemplo el Simce y la PSU. Con este fin, se establece que la autoridad deberá disponer de las herramientas que permitan a estos estudiantes participar de dichos procesos.
Todos los edificios de uso público existentes a la fecha de publicación de la ley deberán ser accesibles para personas con discapacidad, dentro de un plazo de tres años desde que se dicte su reglamento.
Todos los procesos de selección para acceder a educación, capacitación o empleo deberán contar con exámenes adaptados para personas con discapacidad.
El Ministerio de Vivienda deberá contemplar subsidios especiales para adquirir y habilitar viviendas destinadas a las personas con discapacidad.