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Reporte sobre Ley de Inclusión Laboral de Organismos de la Administración del Estado
Reporte sobre Ley de Inclusión Laboral de Organismos de la Administración del Estado

24/02/2020

Reporte sobre Ley de Inclusión Laboral de Organismos de la Administración del Estado

De acuerdo a la Ley N°21.015 sobre Inclusión Laboral y su Reglamento para el Sector Público, los organismos de la Administración del Estado deben reportar su cumplimiento en enero de cada año a la Dirección Nacional del Servicio Civil y al Servicio Nacional de la Discapacidad, SENADIS. 

Para ello, el reporte debe considerar los siguientes aspectos:

  • Selección preferente de personas con discapacidad
  • A lo menos un 1% de la dotación anual deberán ser personas con discapacidad o asignatarias de una pensión de invalidez de cualquier régimen previsional, en los organismos que tengan una dotación anual de 100 o más funcionarios o trabajadores. (No se considera personal a honorarios).

Para que las instituciones puedan reportar su cumplimiento de las obligaciones establecidas por la ley, se ha dispuesto de dos mecanismos: uno para municipalidades y otro para el resto de las instituciones de la Administración del Estado.

1. Para las Municipalidades:
Se encuentra disponible un formulario en línea para realizar el reporte, en https://forms.gle/ZwLBFxYypMRUW1T59
Ante cualquier consulta, se debe escribir al correo electrónico consultaleyinclusion@senadis.cl

2. Para el resto de instituciones de la Administración del Estado:
Se encuentra disponible la plataforma de Servicio Civil en https://reportabilidadgp.serviciocivil.cl
Ante cualquier consulta, se debe escribir al correo electrónico consultainclusion@serviciocivil.cl

Ambos mecanismos se encuentran habilitados entre el 16 de enero y el 14 de febrero de 2020, para que las instituciones reporten su cumplimiento respecto a los procesos de selección y contrataciones realizadas en el período enero a diciembre de 2019.

Además, el reglamento señala que esta información deberá ser publicada en el sitio web de cada institución dentro de los treinta días siguientes a su emisión.

IMPORTANTE:

Se extendió el plazo para entrega del reporte para Municipalidades, Centros de Formación Técnica y Universidades desde el 24 de febrero hasta el 13 de marzo de 2020.